Cambios en las daciones en pago.
Se han introducido cambios muy beneficiosos en las daciones en pago.
Si conoce a alguien que no ha podido hacer frente a la hipoteca de su vivienda habitual y ha pactado con el banco una dación en pago, infórmele de que la ley ha cambiado y de que ya no pueden exigirle impuestos:
- Ni la plusvalía municipal derivada de la transacción de la vivienda al banco.
- Ni el IRPF por la posible ganancia patrimonial obtenida en la transmisión (en ocasiones, la deuda que se esconde es superior al valor de adquisición del inmueble, ya que incluye principal impagado, intereses, costas de abogado…).
Estos cambios también afectan a las personas que han hecho daciones en pago en los últimos años, que podrán solicitar las devoluciones de los impuestos satisfechos.